Denominación,
Objeto y Domicilio del Club.
El club que se constituye llevará el nombre de Club Automodelismo
Radiocontrol Navarra
/ C.A.R.N.A.
con CIF-G31056203 y se regirá por los siguientes Estatutos.
El mencionado Club no tiene carácter lucrativo y los
cargos de la junta directiva serán de carácter gratuito.
El objeto de C.A.R.N.A es
el desarrollo y promoción del Automodelismo a Radiocontrol en la comunidad Navarra, y entre grupos
similares establecidos en comunidades limítrofes, así como en el territorio
Nacional, con fines competitivos y de ocio.
El
Domicilio del Club se establecerá en Calle Río Elorz
s/n.
El
ámbito de actuación se desarrollara según lo establecido en el Art.2.
Podrá establecerse como domicilio social el domicilio del secretario del club mediante acuerdo de la junta directiva.
Para
establecerse otros locales como domicilio social del club será necesario el
previo acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria.
Socios.
La condición de socio, podrá perderse por impago de la cuota o participación dentro del plazo o plazos, que fije la Asamblea General o, impago de las aportaciones extraordinarias que señale la misma, dentro de los plazos que establezca, así como por infracciones que determine el Reglamento de Régimen Interno del Club.
Organos Directivos.
Artículo 5.-
C.A.R.N.A, será dirigida y administrada por la Asamblea General y por la Junta Directiva, sin otras limitaciones para ambos órganos.
Artículo 6.-
Las Asambleas Generales se convocaran con carácter ordinario por lo menos una vez al año, dentro del primer cuatrimestre, para el examen y aprobación de las cuentas y presupuestos del Club y sus acuerdos, se tomaran por mayoría simple.
Las Asambleas Generales Extraordinarias se convocaran siempre que así lo considere necesario la Junta Directiva, o lo solicite un veinticinco por ciento de los socios, mediante convocatoria realizada por correo con quince días al menos de antelación a la fecha de la reunión, indicando los asuntos a tratar.
Artículo 7.-
Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria, cuyos acuerdos se tomaran mediante el voto favorable de las dos terceras partes de los asociados, presentes o representados, los siguientes temas:
- La reforma de los ESTATUTOS.
- La ampliación, transformación, fusión o disolución del Club.
- Nombramiento de las Juntas Directivas, Administrativas y representantes.
- La adquisicion,enajenacion y gravámenes de bienes inmuebles.
- Expulsión de socios a propuesta de la Junta Directiva.
- Integración o constitución de Federación.
- La declaración de utilidad publica del Club.
- Aprobación del Reglamento de Régimen Interno.
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedaran validamente constituidas en primera convocatoria.
En
las Asambleas Generales actuaran de Presidente y Secretario los que legalmente
lo sean en cada momento.
La Junta Directiva, estará constituida por PRESIDENTE, un SECRETARIO, un TESORERO, un VICEPRESIDENTE y dos VOCALES ASESORES.
La
renovación de los miembros de la Junta Directiva se hará cada cuatro años.
Todos
los miembros podrán ser reelegidos.
Si se
produjera alguna vacante, la Junta
Directiva nombrara a otro SOCIO DEL
CLUB para la sustitución provisional hasta la primera reunión de la
Asamblea General que se celebre, donde deberá ser, en su caso, sometido a
ratificación su nombramiento.
La
Junta Directiva ostenta la representación y lleva la Administración del Club y,
esta investida de los mas amplios poderes y facultades
para regir y gobernar la misma, llevando la gestión de sus operaciones. Tendrá
por tanto, la mas completa y eficaz representación en
todos los actos, contratos y asuntos que para la misión y el desenvolvimiento del Club interese; en
consecuencia, puede acordar y resolver todos los asuntos de C.A.R.N.A, salvo aquellos
reservados a la Asamblea General por estos ESTATUTOS.
Podrá
así mismo, abrir cuentas corrientes y de crédito, con o sin garantía, en
Bancos, Cajas de Ahorro y demás entidades similares, sociedades o particulares,
retirando o ingresando cantidades y practicando cuantas operaciones sean
precisas para una buena administración y que no estén reservadas a las
Asambleas Generales.
Será
la máxima representación del Club ante terceros y podrá conceder poderes a
cualquiera de sus miembros.
Funciones de los miembros de
la Junta Directiva.
PRESIDENTE:
1. Presidir y dirigir las
deliberaciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
2. Ostentar la representación
de C.A.R.N.A,
ante toda clase de Autoridades y Organismos.
3. Adoptar, cuantas medidas
considere urgentes para mejor gobierno,
régimen y administración de C.A.R.N.A, dando cuenta a la Junta Directiva en la primera
reunión que se celebre, siendo responsable ante ella de las decisiones
adoptadas.
4. Cuidar del cumplimiento de
los presentes ESTATUTOS, de los
acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
5. Suscribir con el Secretario
las actas de las sesiones, tanto de la Asamblea general como de la Junta
Directiva.
6. Convocar la Asamblea General
tanto en reuniones ordinarias como extraordinarias y las reuniones de Junta
Directiva.
VICEPRESIDENTE:
1. Sustituir al Presidente en
sus ausencias, con iguales facultades.
2. Actuar por delegación del
Presidente en aquellas facultades que este delegue.
3. Este cargo será compatible
con todos los cargos de la Junta Directiva, excepto con el cargo de Presidente.
SECRETARIO:
1. Actuar de Secretario en las
Asambleas Generales y de la Junta Directiva.
2. Custodiar los libros y
documentos del Club.
3. Redactar las actas de la
Asamblea General y de la Junta Directiva.
4. Preparar los asuntos que
hayan de tratarse en las Juntas.
5. Despachar la correspondencia
del Club.
TESORERO:
1. Custodiar los fondos de C.A.R.N.A, respondiendo de las cantidades de las que se
a hecho cargo, conservando en caja los
fondos que la Junta Directiva estime necesarios para el desenvolvimiento normal
del Club e ingresando el resto en establecimientos Bancarios o Cajas de Ahorro.
2. Presentar a la Junta
Directiva para su estudio y aprobación, un balance de situación cerrado al
ultimo día de cada ejercicio anual.
3. Presentar a la Junta
Directiva para su información una previsión de ingresos y gastos referida al
siguiente ejercicio anual.
4. Redactar cada año la
memoria, balance y demás documentación contable que haya de presentarse a la
Asamblea Generales.
VOCALES
ASESORES:
1. Asesorar al Presidente como
integrantes del comité ejecutivo en aquellas materias que aquel considere
conveniente.
2. Estudiar los problemas
técnicos que se planteen incluso por los socios, en su caso.
3. Tratar de informar y
encauzar cualquier mejora, novedad o adelanto, en bien del Club y a los fines
con los que este a sido creado.
Obligaciones de todos los
socios.
La
totalidad de los socios de C.A.R.N.A, independientemente del cargo que ocupen, tendrán
la obligación de colaborar por igual en todas las acciones que se lleven a cabo
dentro y fuera de las instalaciones en las que este Club desarrolla su
actividad.
La
Junta Directiva podrá nombrar grupos de trabajo para la mejora y conservación
de dichas instalaciones.
Dichos
grupos de trabajo tendrán la obligación de cumplir con las tareas que les sean
encomendadas.
Así
mismo, todos los socios del Club tendrán la obligación de mantener limpias y en
perfecto estado de funcionamiento las instalaciones durante la utilización de estas.
Derechos de todos los
socios.
Recursos económicos
previstos.
Los gastos propios de C.A.R.N.A, se sufragarán de las siguientes maneras:
- Mediante el abono de cuotas
que la Asamblea General fijara cada año natural.
- Mediante los ingresos
aportados por la organización de pruebas a nivel regional, inter-regional
y nacional (si se diera el caso).
- Mediante la aportación de
derramas económicas si así lo acuerda el Club en Asamblea General.
Organización de carreras.
La Junta Directiva, será la encargada de confeccionar un calendario de las carreras que se vayan disputar a lo largo del año dentro de las instalaciones del Club así como fuera de estas.
Todos
los socios estarán a disposición del Club, para colaborar en la organización de
carreras si así se les es requerido.
Estará
terminantemente prohibido a los socios que no participen en las carreras, hacer
uso de la zona de boxes, podium, caseta de cronometraje
y circuito, durante el transcurso de las pruebas.
C.A.R.N.A, podrá
disolverse por imperativo de la Ley o, por acuerdo de la Asamblea General
Extraordinaria, previamente convocada para tal fin.
La
Asamblea General Extraordinaria regulara su forma, a propuesta de la Junta
Directiva, bien confiándola a esta, bien nombrando uno o mas
liquidadores, a quienes se les conferirán las oportunas facultades.
Del
producto que resulte de la liquidación, una vez pagadas
las cargas que hubiese, se someterá a la Junta General Extraordinaria.
Una
vez concluidas estas acciones se procederá a la disolución de la Asamblea
General Extraordinaria.
Cualquier duda, cuestión o diferencia que surja entre los socios como tales o, entre ellos y la Asociación se someterá a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Navarra.
Disposición final
1.- Las referencias que aparecen
en los diferentes artículos de estos estatutos al Decreto Foral 190/1992, de 19
de mayo, se entenderán referidas al Decreto Foral 80/2003, de 14 de abril, que
regula las Entidades Deportivas de Navarra y el Registro de Entidades
Deportivas de Navarra.
2.- Se incluyen como derechos de
los socios, además de los que ya figuran n el texto articulado, los siguientes:
a)
ser informado acerca de la composición de los órganos de la asociación.
b)
a conocer el desarrollo de las actividades, los estatutos y el estado de
cuentas.
c)
a ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias y a ser
informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el
acuerdo que, en su caso, imponga la sanción, todo ello de acuerdo con el
régimen disciplinario.
3.- Se incluyen como
competencias de la Asamblea General, además de las que ya figuran en el texto
articulado, las siguientes:
a)
aprobar la adquisición de inmuebles.
b)
debatir y, en su caso, aprobar, la moción de censura para la destitución del
Presidente.
4.- El régimen de responsabilidad
del club y de sus asociados queda regulado de acuerdo con los siguientes
puntos:
a)
Los clubes deportivos responden de sus obligaciones con todos sus bienes
presentes y futuros.
b)
Los asociados no responderán personalmente de las deudas de los clubes
deportivos.
c)
Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación, y las
demás personas que obren en nombre y representación de los clubes deportivos
responderán ante estas, ante los miembros asociados, y ante terceros por los
daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o
negligentes.
d)
Las personas a que se refiere el apartado anterior responderán civil y
administrativamente por los actos omisiones realizadas en el ejercicio de sus
funciones, y por los acuerdos que hubiesen votado, frente a terceros, al club y
asociados.
e)
Cuando la responsabilidad no pueda ser imputada a ningún miembro o titular de
los órganos de gobierno y representación, responderán todos solidariamente por
los actos y omisiones a que se refieren los apartados 3 y 4 de este artículo, a
menos que puedan acreditar que no han participado en su aprobación y ejecución
o que expresamente se opusieran a ellas.
f)
La responsabilidad penal se regirá por lo establecido en las leyes penales.
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Reglamento de
régimen interno
Noain
– Navarra
1ª Edición: 4-Enero-2006
1º- SOCIOS.
-Todos los Socios tendrán los mismos derechos y obligaciones.
-Todas aquellas personas que deseen pasar a formar parte de C.A.R.N.A, deberán someterse a la Junta Directiva y se les aplicaran las condiciones que en ese momento estén en vigor, en cuanto a cuotas y demás asuntos relacionados con las mismas.
-Quedan reservadas a la Junta Directiva, las decisiones a tomar en el caso de tener que actuar contra los socios, por tener un comportamiento impropio hacia el resto de compañeros o hacia las instalaciones.
-Los Socios que por un motivo u otro deseen abandonar C.A.R.N.A ,
deberán someterse a uno de estos dos supuestos:
A-
Abandono temporal.
En este caso
deberá informar a la Junta Directiva sobre sus intenciones para que así
esta, pueda estudiar una formula para
ofrecer al Socio la posibilidad se seguir formando parte del club, pero en condiciones especiales que se
pactaran con el interesado.
B- Abandono definitivo.
En este otro caso, no tendrá la obligación de informar y el club dará por hecho que su intención es la de causar baja, simplemente dándose el caso de que no se abone la cuota anual. Si este caso se diera por motivos ajenos al interesado, y estando este lo suficientemente informado del plazo en el que se pasa dicha cuota anual, deberá ser este el que se preocupe de solucionar esta irregularidad y comunicarlo a la Junta.
-Todo Socio que haya optado por el abandono definitivo, perderá todo tipo de derechos dentro de C.A.R.N.A y si en un futuro este deseara volver a formar parte del Club, deberá someterse a una votación en la que tendrán derecho a participar la totalidad de Socios.
Para su readmisión como socio, deberá estar respaldado por la Mitad mas uno de los votantes y depositar en las arcas del Club, tantas cuotas como correspondan al tiempo que ha dejado de pertenecer a este.
2º- INSTALACIONES.
-Las instalaciones de C.A.R.N.A serán de uso exclusivo para Socios.
-Ninguna persona acompañante, podrá hacer uso de las instalaciones sin autorización.
-Todos los Socios tienen la obligación de colaborar en el mantenimiento de estas.
-Ningún Socio tiene derecho a efectuar modificaciones o reformas en las instalaciones sin ser autorizado por la Junta Directiva (para lo que se convocara una Junta General si así se estima oportuno),así como tampoco podrá tomar decisiones o hacer declaraciones en nombre del colectivo, que afecten directa o indirectamente al funcionamiento de C.A.R.N.A..Cualquiera de los hechos indicados, se consideraran como muy grabes y serán motivo de expulsión y sin lugar a reclamación por parte del Socio.
En caso de expulsión, a la persona le estará totalmente prohibido el acceso a las instalaciones.
-De la limpieza de las instalaciones se hará responsable y de forma individual a cada Socio (cada uno limpia lo que mancha), estando autorizado cualquier Socio a llamar la atención a otro sobre este hecho.
-Cada Socio deberá prestar especial atención, a que las instalaciones queden debidamente cerradas cuando se abandonan estas, pudiendo ser sancionado en el caso de que esto no sea así.
-Todos los Socios que tengan acceso a dependencias restringidas (Caseta cronometraje, caseta herramientas, agua, luz, aire, etc..)se ocuparán de que queden debidamente cerradas, ya que en estas dependencias se encuentran varios objetos de un valor considerable. Pudiendo, como en el caso anterior, llegar a sancionar o pedir responsabilidades al Socio.
3º - CARRERAS.
-Las instalaciones además de ser para uso exclusivo de los Socios, también se podrán destinar a la organización de carreras con un calendario confeccionado anualmente a tal fin.
-Durante estas carreras, podrán hacer uso de las instalaciones los pilotos que vengan a participar en estas, debiendo ser autorizados y de forma individual, por el máximo responsable de C.A.R.N.A en la organización de estas.
-Durante la celebración de las pruebas señaladas en el calendario, ningún Socio podrá hacer uso del trazado y podium, si no es un participante de la prueba. Si en el resto de las instalaciones.
-Se podrán organizar grupos de trabajo para el acondicionamiento de las instalaciones, en días previos a la carrera. Estando el Socio obligado a colaborar, y pudiendo este a su vez delegar en otro socio por motivos que comunicara a quien sea preciso.
Nota: Este reglamento se ha
confeccionado, para establecer unas normas mínimas en cuanto a comportamiento,
que van ligadas a una manera de hacer más fácil nuestra convivencia dentro del
colectivo y que esta abierto a nuevas situaciones que en el se pudieran dar.
Gracias por vuestra
colaboración.
Fdo. Eduardo Lanz Iriarte
PRESIDENTE.